Un golpe por alcance en una luz roja, un retrovisor que se lleva otro auto en un estacionamiento, una maniobra mal calculada en una rotonda. La mayoría de los choques urbanos son leves, pero los minutos que siguen al impacto suelen ser los más confusos. Saberlo de antemano evita multas, presunciones de culpa en contra y, sobre todo, problemas con el seguro.

Primero, la seguridad

Antes que cualquier trámite está la gente. Si el auto puede quedar donde está sin riesgo, enciende las luces de emergencia, apaga el motor y bájate solo cuando sea seguro hacerlo, idealmente con el chaleco reflectante puesto. Revisa si tú, tus acompañantes o las personas del otro vehículo están heridas. Si hay lesionados, llama de inmediato a Carabineros (133) y, si se necesita atención médica, al SAMU (131); ante un incendio o personas atrapadas, a Bomberos (132).

Cuando solo hay daños materiales, la Ley de Tránsito es clara: los vehículos que resulten dañados en un accidente no pueden permanecer en la vía pública entorpeciendo el tránsito y deben ser retirados a la brevedad por el conductor. Lo práctico es tomar las fotos primero y luego orillar los autos.

Si hay heridos, la lógica cambia. En esos casos lo prudente es no alterar la escena y esperar a Carabineros, porque la ley contempla que los vehículos involucrados en accidentes con lesionados graves o fallecidos sean retirados de circulación por orden policial y puestos a disposición del tribunal. Además, los conductores que participen en un accidente con lesionados o muertos deben someterse a pruebas para detectar alcohol o drogas.

Lo que obliga la Ley de Tránsito

La Ley 18.290 distingue dos escenarios. En todo accidente con lesiones o muerte, el conductor que participa está obligado a detener la marcha, prestar la ayuda que sea posible y dar cuenta a la autoridad policial más inmediata. No hacerlo no es una infracción menor: se sanciona con presidio menor en su grado medio, inhabilidad perpetua para conducir y multa de 7 a 10 UTM, y las penas suben si las lesiones son de mayor gravedad o hay víctimas fatales.

Cuando solo hay daños, la obligación también existe: los participantes deben dar cuenta de inmediato a la autoridad policial más próxima. Incumplirla se castiga con multa de 3 a 7 UTM y suspensión de la licencia hasta por un mes. Y hay un detalle que muchos pasan por alto: la ley presume la culpabilidad de quien no da cuenta del accidente y abandona el lugar.

En la práctica, si solo hubo daños y los conductores acuden juntos a la unidad de Carabineros del sector, el hecho queda registrado en el Libro de Guardia. La denuncia al Juzgado de Policía Local se formula únicamente si alguno de los involucrados lo solicita, y en ese caso no se retiene la licencia. Ojo: la Comisaría Virtual permite dejar constancias por pérdida de documentos u otras situaciones, pero no tiene una opción para choques, así que este trámite es presencial o ante el carabinero que llegue al lugar.

Datos y pruebas: el kit mínimo

Anota o fotografía la patente, marca, modelo y color del otro vehículo; el nombre, RUT, teléfono y correo del conductor, y, si no es el dueño, los datos del propietario. Pregunta si tiene seguro automotriz y con qué compañía. Registra la dirección exacta, la hora y, si hay, los datos de testigos.

Las fotos valen oro: toma planos generales que muestren la posición de los autos, la señalización y el estado de la calzada, y luego acercamientos de cada daño. Si tienes cámara de tablero, guarda el video antes de que se sobrescriba.

El SOAP, en tanto, cubre a las personas, no los daños materiales: para el auto entra en juego el seguro voluntario o la responsabilidad de quien causó el choque.

Cómo avisar al seguro

Desde 2016 la ley establece que, para hacer efectivo un seguro de daños propios o a terceros, basta con informar el siniestro a la compañía mediante una declaración jurada simple, sin que se exijan constancias ni denuncias policiales. Eso sí, la Comisión para el Mercado Financiero ha aclarado que esa norma no eliminó la obligación de dar cuenta a Carabineros que impone la Ley de Tránsito: son cosas distintas.

La denuncia del siniestro se hace directamente con la aseguradora o con el corredor dentro del plazo que fije la póliza. Según la CMF, ese plazo generalmente es de 10 días, pero conviene revisarlo en tu contrato. Normalmente te pedirán el padrón, el permiso de circulación, la revisión técnica y fotografías del daño.

Luego viene la liquidación. La compañía debe informarte dentro de tres días hábiles si liquidará ella misma o un liquidador externo, y por regla general el informe no puede tardar más de 45 días corridos desde la denuncia. Al momento de reparar, recuerda el deducible: es el monto que, según tu póliza, corre por tu cuenta antes de que pague la aseguradora.

Lo que no conviene hacer

El error más común es firmar en el lugar un papel donde se reconoce la culpa o pactar un arreglo de palabra. La CMF advierte que el asegurado no debe asumir responsabilidades con terceros ni hacer transacciones o acuerdos sin conocimiento de la compañía, porque eso puede complicar la cobertura. Si el otro conductor prefiere "arreglarlo entre nosotros", exige igual todos sus datos: una promesa sin patente ni RUT no vale nada al día siguiente.

Tampoco te retires sin dar cuenta a la autoridad, aunque el daño parezca menor. Además de la multa, irte del lugar activa la presunción de culpa en tu contra.

Si el otro no tiene seguro o se fue

Chocar con alguien sin seguro voluntario no te deja sin opciones. Si tienes póliza con daños propios, puedes usarla, con el deducible correspondiente. Si no, puedes perseguir al responsable: la ley hace solidariamente responsables por los daños al conductor, al propietario y al tenedor del vehículo, salvo que estos últimos acrediten que se usó contra su voluntad. El camino habitual es la denuncia ante el Juzgado de Policía Local, donde se puede presentar una demanda civil de indemnización, la que debe notificarse con al menos tres días de anticipación al comparendo.

Si el otro conductor se da a la fuga, anota la patente o cualquier rasgo del vehículo, busca testigos y cámaras cercanas, y da cuenta de inmediato en Carabineros. La ley dispone que el vehículo de un conductor que huye sea retirado y puesto a disposición del tribunal o del Ministerio Público, y presume su culpabilidad. Si hubo heridos, la fuga deja de ser una falta y pasa a ser un delito.

Diez minutos que definen el resto

Un choque leve rara vez se complica por el golpe en sí, sino por lo que se hace, o se deja de hacer, en los minutos siguientes. Asegurar a las personas, dar cuenta a Carabineros, reunir datos y fotos, y avisar a tiempo a la aseguradora sin firmar compromisos en la calle es, en la práctica, la diferencia entre un mal rato y un problema que se arrastra por meses.